Tribunal tercero de municipio ordinario y ejecutor de medidas del municipio Barinas del circuito judicial civil , mercantil y de tránsito de la Circuncisión Judicial del Estado Barinas.

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República Bolivariana de Venezuela 

                                                                   

                                                                   PODER JUDICIAL 

Tribunal tercero de municipio ordinario y ejecutor de medidas del municipio Barinas del circuito judicial civil , mercantil y de tránsito  de la Circuncisión Judicial del Estado Barinas.


Barinas, catorce (14) de Octubre de 2.022 Año 212° y 163° 


ASUNTO: EP21-S-2022-000512. 


CARTEL DE EMPLAZAMIENTO: SE HACE SABER; 


A los Terceros interesados que en la solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos, presentada por Ja ciudadana ANA CELMIRA VARELA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N® 10.555.594, debidamente asistida por el abogado en ejercicio SOCIMO ANTONIO SILVA QUIROZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N? 242.370; actuando en su condición de esposa del de cujus VICENTE ANTONIO ORELLANA DELGADO, quien fuera venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 1.605.663 ; quien falleció Ab Intestato el día 17/07/2022, en el Hospital Luis Razetti, Municipio Barinas del Estado Barinas, Según consta en Acta de Defunción N° 146, de fecha 04-08-2022, emitida por ante la Comisión de Registro Civil y Electoral de la Parroquia Corazón De Jesús del Municipio Barinas, Estado Barinas; que deberán comparecer por ante este Tribunal, a la sede del Palacio de Justicia, Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, ubicado en la Av. Cuatricentenaria, al lado de la sede de CORPOELEC, de lunes a viernes, en el horario comprendido de 08:30 a.m. a 03:30 p.m., horas del despacho de éste Tribunal, en el lapso de quince (15) días continuos siguientes a que conste en autos la publicación y consignación del cartel emitido, a formular oposición 0 exponer lo que consideren conducente, con relación a la referida solicitud; conforme a lo establecido en los artículos 7 y 900 del Código de Procedimiento Civil. El presente cartel deberá publicarse en cualquier diario de circulación regional, en dimensiones que permitan su fácil lectura.




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